Funcionarios servicio exterior exigen inclusión en la carrera diplomática
SANTO DOMINGO.- Funcionarios del Servicio Exterior, con más de 16 años laborando en el Ministerio de Relaciones Exteriores, reclaman ser incluidos en la carrera diplomática, tal y como lo establece la Ley.
En una nota firmada por Adalberto Velásquez y Enrique E. Chalas, señalan que para hacer este reclamo ellos se amparan en la Constitución de la República, la Ley 314-64 de la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Reglamento de Carrera Diplomática establecido mediante la Resolución No. 01-2011 y por la Ley 41-08 de Función Pública.
Dicen que hasta ahora no han sido incluidos en la carrera a pesar de que trataron de reunirse con el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Dr. Flavio Darío Espinal, quien tiene una comunicación dirigida por el Ministerio de Administración Pública, MAP, la cual hace constar que, en principio, ellos cumplen con los requisitos exigidos.
Indican que la Ley No. 314-64, promulgada el 6 de julio de 1964, dice en su artículo 8, en el párrafo I que “adquieren la condición de funcionarios de carrera aquellos que hayan cumplido a la fecha de la promulgación de esta ley, o cumplan en lo sucesivo, diez años de servicio en la Secretaría de Relaciones Exteriores, hoy Ministerio”.
“Los diplomáticos dominicanos acreditados en distintas embajadas del exterior, evaluados en su desempeño semestralmente por sus respectivos embajadores, esperan que el presidente de la República, Danilo Medina, deje resuelta la situación indefinida en que ellos se encuentran, antes que termine su mandato”, agrega la nota
Asimismo, exhortan al canciller Miguel Vargas y al ministro de Administración Pública, Ramón Ventura Camejo, a que canalicen su reclamo ante el presidente de la República.
El tema de la Ley de Carrera Diplomática y su aplicación salió a relucir recientemente a través de un debate entre el canciller Miguel Vargas Maldonado y el embajador dominicano en Suecia, Víctor Grimaldi, quien dice ser diplomático de carrera de acuerdo a la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores número 314 de 1964.